Criterios de calificación - Primero de Bachillerato |
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Pruebas. En cada evaluación se realizarán pruebas convenidas sobre los contenidos impartidos y desarrollados en dicho periodo mediante la resolución de problemas. Estas pruebas podrán ser teóricas, prácticas, o teórico- prácticas, dando preferencia a las cuestiones prácticas. (Se realizará un examen global de recuperación antes de la evaluación final de curso. Este examen incluirá los tres bloques del programa de la asignatura, lo realizarán aquellos alumnos cuya nota media del curso no llegue a 5. La puntuación máxima de esta prueba será de 5.) 70 % Lenguaje gráfico-técnico. Valoración de los documentos y material de una evaluación, compuesto por: A.- Apuntes y notas de clase elaborados por los alumnos. B.- Láminas y ejercicios propuestos por el Dpto., que serán un número determinado para cada trimestre y en los que se valorará lo siguiente: B.1.- La correcta resolución de problemas geométricos valorando el método y el razonamiento de las construcciones, así como los correctos acabado y presentación mediante la utilización de las herramientas propias de la asignatura. B.2.- La aportación de ejercicios o material gráfico complementario que se destaque por su carácter creativo y/o de investigación. 30 % |
Todos estos aspectos serán relacionados a la hora de evaluarlos con los específicos que se fijan para cada ejercicio de acuerdo con los objetivos previstos para cada unidad didáctica. Las realizaciones que se logren en el contexto del desarrollo de la cultura emprendedora, por su condición de teórico-prácticas, serán valoradas hasta diez puntos y contará como una nota más en la evaluación La valoración cuantitativa que se aplicará a tales criterios será la siguiente: -Suficiente. Se entiende requisito imprescindible para obtener esta calificación alcanzar una asimilación de conocimientos y de uso de los medios instrumentales a los que numéricamente corresponden valores comprendidos entre 5 y el grado siguiente en una escala de cero a diez. -Bien (a partir del grado seis hasta la calificación siguiente). Sirve para expresar un nivel aceptable de comprensión y destreza. -Notable (a partir de siete hasta el grado siguiente) y Sobresaliente (desde 9) se otorgarán a la alumnos que además de los conocimientos aceptables demuestren mayor comprensión y aplicación de contenidos en el grado correspondiente. Los alumnos que no alcancen los mínimos exigidos serán calificados con Insuficiente (valores comprendidos 0 y 4) La calificación de la evaluación se hará teniendo en cuenta todos los aspectos trabajados (prácticos y teóricos) quedando reflejada en una nota media. En el proceso de evaluación descrito, la Recuperación se realizará teniendo en cuenta aquellos aspectos (prácticos y/o teóricos) con calificación negativa
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Mecanismos de recuperación Entendemos que cada alumno ha de recuperar aquello en lo que no ha logrado los objetivos propuestos, de modo que: a) Deberá rectificar su actitud si ahí está su dificultad. b) Deberá hacer o rectificar aquellos trabajos que no ha hecho en su momento o ha hecho de modo no satisfactorio. c) Deberá volver a estudiar los contenidos conceptuales o procedimentales si esa es su insuficiencia. De esta manera no puede haber un único mecanismo de recuperación, pues este se ajustará a la realidad de los alumnos en cada evaluación. El profesor acordará con sus alumnos el momento más adecuado para la realización de las pruebas o trabajos necesarios. Si se detecta la falta de aprovechamiento en un trabajo, éste tiene que ser repetido ajustándose a las indicaciones oportunas para superarlo apropiadamente, sean de aprendizaje de contenidos o relacionadas con el dominio de los instrumentos. Cuando se realicen pruebas teórica si algún alumno resulta calificado negativamente tendrá la posibilidad de recuperar mediante otra prueba escrita similar a la anterior dentro del periodo de la evaluación de la que se trate. Los alumnos que a pesar del proceso previsto lleguen al final de curso con evaluación negativa, recibirán un plan de medidas complementarias para que alcancen los mínimos exigidos, por lo que su valor reside en que son preparatorias de las correspondientes pruebas extraordinarias que se hagan al efecto. |
MÍNIMOS EXIGIBLES PARA OBTENER VALORACIÓN POSITIVA.
Los referentes de evaluación se encuentran en los objetivos educativos, así como en los criterios de evaluación establecidos en el currículo. En el caso de los objetivos, al tratarse de capacidades muy generales, no son directa evaluables, mientras que los criterios, al establecer el tipo y grado de aprendizaje que se espera que los alumnos hayan alcanzado con respecto a esas capacidades, se convierten en un referente más preciso de evaluación.
Los criterios de evaluación responden a las capacidades básicas del área en la etapa y referidas a aquellos contenidos específicos que se consideran especialmente importantes para su desarrollo. Son pues, indicadores sobre que es lo que el alumno debe alcanzar en un aspecto básico del área que le permita seguir progresando.
Se debe considerar que los criterios de evaluación establecidos en el currículo se refieren a aquellas las capacidades y contenidos especialmente relevantes sin los cuales el alumno difícilmente puede podrá seguir, de forma satisfactoria, su proceso de aprendizaje.
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Cuando no se pueda aplicar la evaluación continua. Legislación aplicable: Plan de medidas de refuerzo ORDEN EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Articulo 9.- Proceso de evaluación de los alumnos 4. En las sesiones de evaluación se acordará, también, la información que el tutor deba transmitir por escrito a los alumnos y a las familias sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas que incluirá, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno con indicación de las medidas educativas propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los objetivos de dichas materias. Notificación a los padres través del tutor ORDEN EDU/888/2009, de 20 de abril, por la que se regula el procedimiento para garantizar el derecho del alumnado que cursa enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato, en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. 5.– El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres o tutores legales sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas, incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las capacidades y posibilidades del alumno, así como, en el caso de la educación secundaria obligatoria, sobre la adquisición de las competencias básicas |
Tratamiento en la programación. A los alumnos a los que no se les puede aplicar la evaluación continua se les remite al Plan de recuperación previsto en la programación para alumnos con la materia pendiente. Mecanismos de recuperación Entendemos que cada alumno ha de recuperar aquello en lo que no ha logrado los objetivos propuestos, de modo que: a)Deberá rectificar su actitud si ahí está su dificultad. b)Deberá hacer o rectificar aquellos trabajos que no ha hecho en su momento o ha hecho de modo no satisfactorio. c)Deberá volver a estudiar los contenidos conceptuales o procedimentales si esa es su insuficiencia. De esta manera no puede haber un único mecanismo de recuperación, pues este se ajustará a la realidad de los alumnos en cada evaluación. El profesor acordará con sus alumnos el momento más adecuado para la realización de las pruebas o trabajos necesarios. Si se detecta la falta de aprovechamiento en un trabajo, éste tiene que ser repetido ajustándose a las indicaciones oportunas para superarlo apropiadamente, sean de aprendizaje de contenidos o relacionadas con el dominio de los instrumentos. Cuando se realicen pruebas teórica si algún alumno resulta calificado negativamente tendrá la posibilidad de recuperar mediante otra prueba escrita similar a la anterior dentro del periodo de la evaluación de la que se trate.
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Excepción al plan de recuperación La etapa del Bachillerato no es obligatoria, pero una vez que se matricula un alumno su asistencia si lo es. El plan de recuperación previsto en la programación no se aplica cuando las faltas son injustificadas. A tal fin se establece un 25% de ausencias en el total del periodo de evaluación como límite; de tal forma que llegado o superado el mismo se considera que el alumno no puede ser calificado conforme a criterios de continuidad, por lo que se le remite a un examen extraordinario. Este examen será previo al de evaluación y se fijará y anunciará con antelación dando aviso al tutor del grupo, padre y alumno. Los alumnos que lleguen al final de curso con evaluación negativa, recibirán un plan de medidas complementarias para que alcancen los mínimos exigidos, por lo que su valor reside en que son preparatorias de las correspondientes pruebas extraordinarias que se hagan al efecto.
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MÍNIMOS EXIGIBLES PARA OBTENER VALORACIÓN POSITIVA.
Se debe considerar que los criterios de evaluación establecidos en el currículo se refieren a aquellas las capacidades y contenidos especialmente relevantes sin los cuales el alumno difícilmente puede podrá seguir, de forma satisfactoria, su proceso de aprendizaje. Los contenidos a través de los cuales se consideran alcanzan los mínimos parecen recogidos en la Programación como contenidos básicos. Prueba extraordinaria de septiembre Al término de cada curso se valorará el progreso global del alumno en la materia, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo. Para el alumnado con evaluación negativa a final de curso, el profesor de la materia elaborará un informe individualizado sobre los objetivos y contenidos no alcanzados y la propuesta de actividades de recuperación. Los alumnos en dicho informe se recogen los aspectos que deben recuperar, en el que se indicarán las actividades recomendadas para tal fin. Estas actividades tienen carácter preparatorio de la prueba a la que se podrán presentar en la fecha establecida. Las actividades recomendadas no forman parte de la prueba extraordinaria, aunque serán tenidas en cuenta en la valoración final siempre que en la prueba se alcance al menos tres puntos. |